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Canal Ético

A través de este canal, cualquier persona, ya sea interna a la Organización (por ejemplo: empleados/as) o externa (clientes, proveedores, colaboradores, etc.) podrá realizar una comunicación acerca de la sospecha o la certeza de la comisión de una conducta ilícita, irregular o contraria a los principios o valores éticos de la Organización, tal y como lo establece el artículo 25 de la Ley 2/2023.
Realizar Comunicación
El sistema interno de información te permite reportar cualquier actuación que suponga una efectiva limitación de los derechos y garantías previstos en la L 2/2023. Si presentas una comunicación, incluso aunque no sea de manera anónima, debes conocer que queda preservada tu identidad, que no puede ser comunicada a terceros, y garantizada la confidencialidad de los datos correspondientes a las personas afectadas y a cualquier tercero que se mencione en la información suministrada. Las revelaciones que deban hacerse quedan sujetas a salvaguardas establecidas en la normativa aplicable.